tag:blogger.com,1999:blog-8551491564624621467.post3213521393037979937..comments2024-02-10T21:29:38.320+01:00Comments on cronicas villalbinas: Con el culo al airecronicas villalbinashttp://www.blogger.com/profile/11143715468968147014noreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-8551491564624621467.post-80781179355812920572013-09-27T20:56:02.564+01:002013-09-27T20:56:02.564+01:00Ese punto es un embrollo fronterizo y lo mismo una...Ese punto es un embrollo fronterizo y lo mismo una parte es de Alpedrete y otra de Villalba.<br /><br />Lo que no creo es que veamos a Agustín y Marisol pelearse por su propiedad como si fuese el paso de Gibraltar. Y como siempre, los unos por los otros, la casa sin barrer y con buenos socavones.cronicas villalbinashttps://www.blogger.com/profile/11143715468968147014noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8551491564624621467.post-37443900051173994352013-09-27T18:09:53.864+01:002013-09-27T18:09:53.864+01:00Hola,
Toda la avenida de la Reina Victoria (anti...Hola, <br /><br />Toda la avenida de la Reina Victoria (antigua N-VI), que es donde se sitúa el puente al que te refieres y que salva la vía del ferrocarril (C-8b) a la altura del apeadero de Los Negrales, es competencia del ayuntamiento de Alpedrete puesto que está en su término municipal. <br />Fomento (o el ministerio correspondiente) en su momento le cedió las competencias de ese tramo de la antigua nacional VI al ayuntamiento de Alpedrete para que dejara de ser una travesía y se convirtiera en calle municipal. Lo mismo le ocurre a la travesía de la antigua N-VI por Collado Villalba, ahora es una calle municipal (avenida Juan Carlos I).<br />Por lo tanto, creo yo, que el mantenimiento y conservación del viario público urbano, como es la parte que pasa por encima del puente del ferrocarril, le corresponde a Alpedrete, al igual que le corresponde el mantenimiento del alumbrado, por ejemplo. <br />Otra cosa será a quien le pertenece o de quien depende lo que es la infraestructura en si del puente como elemento arquitectónico. <br /><br />Sobre el mantenimiento de la calzada, por eso lo de mi expresión de que si era término municipal de Alpedrete . . . apaga, cierra y vámonos. <br /><br />El límite entre el término municipal de Collado Villalba y Alpedrete lo marca, por un lado, el callejón situado entre la valla de la urbanización Semisierra y el concesionario de vehículos Mercedes-Benz (GM Chamorro), y por el otro lado el espacio que se sitúa entre el edificio principal de Planetocio y la zona de ocio del centro comercial (bares y restaurantes). <br /><br />Para que sea más fácil la comprensión, por un lado la urbanización Semisierra es Collado Villalba y el concesionario es Alpedrete, y por el otro, toda la zona exterior donde se sitúan los restaurantes McDonald’s, y desde Tony Roma’s hasta el nuevo Ginos (antes Pizza Jardín) es término municipal de Alpedrete (calle del Avellano) y el edificio principal de Planetocio es término municipal de Collado Villalba. <br /><br />Puede que ese sea el motivo por el que Planetocio tenía, antes de su reforma, dos restaurantes McDonald’s, uno situado en la primera planta del centro comercial (Collado Villalba) y otro, con McAuto, en el exterior (Alpedrete).Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8551491564624621467.post-72453391637989522432013-09-26T22:07:12.331+01:002013-09-26T22:07:12.331+01:00Me refiero al puente que viene desde ese barrio y ...Me refiero al puente que viene desde ese barrio y desemboca en el Planetocio. Las lindes ahi son mas que confusas y no se a que termino municipal corresponden. Y como ademas indico en la entrada, no sería extraño que fuese competencia de Fomento, aunque creo que no es el caso y de serlo asi, los Ayuntamientos de Collado Villalba y Alpedrete deberian hacer un llamamiento a la Comunidad Autonoma para que esta atendiese al mantenimiento del puente.cronicas villalbinashttps://www.blogger.com/profile/11143715468968147014noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8551491564624621467.post-27264767031346130072013-09-26T18:12:47.771+01:002013-09-26T18:12:47.771+01:00Perdón, quería decir Inspección Técnica de Edifici...Perdón, quería decir Inspección Técnica de Edificios – ITE (no ITV como he señalado).Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8551491564624621467.post-90573913861552085152013-09-26T18:09:37.866+01:002013-09-26T18:09:37.866+01:00Hola,
Por favor, sitúanos lo que tu llamas “puen...Hola, <br /><br />Por favor, sitúanos lo que tu llamas “puente de Los Negrales”, no sea que en vez de situarse dicho lugar en termino municipal de Collado Villalba le corresponda a Alpedrete, porque entonces . . . apaga, cierra y vámonos. <br /><br />Por cierto, Madrid – Capital creo que tiene fijada la ITV obligatoria para edificios de más de 30 años desde su construcción. <br /><br />Gracias.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8551491564624621467.post-82352333584326539392013-09-24T23:03:53.115+01:002013-09-24T23:03:53.115+01:00Pues en nuestro pueblo han decidido que se haga co...Pues en nuestro pueblo han decidido que se haga con 30 años y no 50. cronicas villalbinashttps://www.blogger.com/profile/11143715468968147014noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8551491564624621467.post-68130962432973372102013-09-24T21:37:12.209+01:002013-09-24T21:37:12.209+01:00Solo es obligatorio en edificios residenciales...
...Solo es obligatorio en edificios residenciales...<br /><br />Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa<br /><br />http://www.boe.es/boe/dias/2011/07/07/pdfs/BOE-A-2011-11641.pdf <br /><br />Artículo 21. Obligatoriedad de la inspección técnica de edificios<br /><br />1. Los edificios con una antigüedad superior a 50 años, salvo que las Comunidades Autónomas fijen distinta antigüedad en su normativa, <b>destinados preferentemente a uso residencial</b> situados en los municipios señalados en la disposición adicional tercera, deberán ser objeto, en función de su antigüedad, de una inspección técnica periódica que asegure su buen estado y debida conservación, y que cumpla, como mínimo, los<br />siguientes requisitos..... etc etc<br /><br />Dado en Madrid,el 1 de julio de 2011. <br />El Presidente del Gobierno, <br />JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATEROAnonymousnoreply@blogger.com